
Nos entristece comunicar que este año no se celebrará la competición Sparoller Contest 2013... El por que? Pues gracias al Ayuntamiento del Granada que a raíz del accidente del Madrid Arenas no quiere apoyarnos en nada y nos pide unos requisitos económicos imposibles de conseguir con los patrocinadores! ya que todo el dinero que se consigue es integro para premios y seguros.
Nos gustaría compartir con vosotros los requisitos que nos pide el ayuntamiento de Granada para poder organizar la competición:

ÁREA DE URBANISMO, OBRAS Y LICENCIAS
DIRECCIÓN GENERAL DE LICENCIAS
GESTIÓN UNIFICADA DE LICENCIAS
DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES OCASIONALES Y EXTRAORDINARIAS
1) SOLICITUD NORMALIZADA, DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADA Y ACOMPAÑADA DE LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DEL SOLICITANTE Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL (plazo de presentación 30 días hábiles).
2) AUTOLIQUIDACION CON ASIENTO BANCARIO DE HABER REALIZADO EL DEPÓSITO PREVIO DE LA TASA CORRESPONDIENTE POR TRAMITACIÓN (853,48 € en 2013 )
3) DOCUMENTO QUE ACREDITE LA DISPONIBILIDAD DEL LOCAL O ESPACIO DONDE SE PREVÉ LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD.
4) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y SANITARIA:
A) Proyecto suscrito por técnico competente, en el que se detalle:
1.- Plano de situación donde se indique claramente la ubicación de la actividad.
2.- Plano de distribución del espacio a ocupar por la actividad solicitada, detallando ubicación exacta de escenarios, instalaciones de protección contra incendios, recorridos, vías y salidas de evacuación y aseos.
3.- Especificación de las características del foco sonoro, Niveles de Emisión previstos que acrediten el cumplimiento de los máximos Niveles de Inmisión de presión sonora en las viviendas más afectadas, y tipo de tarado, según el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica.
4.- Justificación del CTE en cuanto a resistencia al fuego de los materiales.
5.- Aforo del recinto.
6.- Plan de emergencia y evacuación diseñado para el acontecimiento, con identificación de la persona responsable del mismo indicando el cargo que ostenta durante la celebración del evento.
7.- Existencia de espacios libres para evacuación de personas en caso de accidente o emergencia, o, en su caso, indicación del espacio exterior seguro.
B) Datos de identificación de la persona encargada de la seguridad del recinto durante el periodo abierto al público y copia del contrato con empresa de seguridad conforme Decreto 258/2007, de 9 de octubre, por el que se modifica el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
C) Original o copia compulsada y justificación de estar al corriente del pago de la póliza de seguro de responsabilidad civil según Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, modificada por el Decreto 109/2005 de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
* requisitos HIGIENICO-SANITARIOS:
(justificación firmada por el técnico que suscribe el proyecto presentado)
Deberá justificar el cumplimiento de los siguientes requisitos higiénico-sanitarios, para los establecimientos de temporada:
* El emplazamiento en el que se ubique la zona de manipulación estará situado diseñado, construido, y conservado de forma que se prevengan el riesgo de contaminación de los alimentos y la presencia de insectos u otros animales indeseables.
* En particular y cuando sea necesario:
. Instalaciones adecuadas para mantener una correcta higiene personal, incluidas instalaciones para la limpieza y secado higiénico de las manos, instalaciones sanitarias higiénicas y vestuarios.
. Las superficies que están en contacto con los alimentos estarán en buen estado y serán fáciles de lavar y, cuando sea necesario de desinfectar. Ello requerirá el uso de materiales lisos lavables y no tóxicos.
. Se contará con material adecuado para la limpieza y la desinfección del equipo y los utensilios de trabajo.
. Dispondrá de material adecuado para la limpieza de los alimentos.
. Existirá un suministro adecuado de agua potable caliente, fría o ambas.
. Se contará con medidas o instalaciones adecuadas para el almacenamiento y la eliminación higiénica de sustancias y desechos peligrosos o no comestibles, ya sean líquidos o sólidos.
. Se contará con instalaciones o dispositivos precisos para el mantenimiento y la vigilancia de las condiciones adecuadas de la temperatura de los productos alimenticios.
. Los productos alimenticios se colocarán de forma que se prevenga el riesgo de contaminación.
. Igualmente se presentará certificado justificativo de la formación como manipulador de alimentos del personal que preste servicios.
Asimismo:
. Los precios estarán expuestos al público en lugar visible y existirán hojas de reclamaciones a disposición de los clientes, así como de cartel anunciador.
B) Datos de identificación de la persona encargada de la seguridad del recinto durante el periodo abierto al público y copia del contrato con empresa de seguridad conforme Decreto 258/2007, de 9 de octubre, por el que se modifica el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
C) Original o copia compulsada y justificación de estar al corriente del pago de la póliza de seguro de responsabilidad civil según Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, modificada por el Decreto 109/2005 de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
* requisitos HIGIENICO-SANITARIOS:
(justificación firmada por el técnico que suscribe el proyecto presentado)
Deberá justificar el cumplimiento de los siguientes requisitos higiénico-sanitarios, para los establecimientos de temporada:
* El emplazamiento en el que se ubique la zona de manipulación estará situado diseñado, construido, y conservado de forma que se prevengan el riesgo de contaminación de los alimentos y la presencia de insectos u otros animales indeseables.
* En particular y cuando sea necesario:
. Instalaciones adecuadas para mantener una correcta higiene personal, incluidas instalaciones para la limpieza y secado higiénico de las manos, instalaciones sanitarias higiénicas y vestuarios.
. Las superficies que están en contacto con los alimentos estarán en buen estado y serán fáciles de lavar y, cuando sea necesario de desinfectar. Ello requerirá el uso de materiales lisos lavables y no tóxicos.
. Se contará con material adecuado para la limpieza y la desinfección del equipo y los utensilios de trabajo.
. Dispondrá de material adecuado para la limpieza de los alimentos.
. Existirá un suministro adecuado de agua potable caliente, fría o ambas.
. Se contará con medidas o instalaciones adecuadas para el almacenamiento y la eliminación higiénica de sustancias y desechos peligrosos o no comestibles, ya sean líquidos o sólidos.
. Se contará con instalaciones o dispositivos precisos para el mantenimiento y la vigilancia de las condiciones adecuadas de la temperatura de los productos alimenticios.
. Los productos alimenticios se colocarán de forma que se prevenga el riesgo de contaminación.
. Igualmente se presentará certificado justificativo de la formación como manipulador de alimentos del personal que preste servicios.
Asimismo:
. Los precios estarán expuestos al público en lugar visible y existirán hojas de reclamaciones a disposición de los clientes, así como de cartel anunciador.
Una vez instalada la actividad y antes de los dos días previos al inicio de la misma (cinco, en el caso de zonas y vías de dominio público), deberá aportar la siguiente documentación:
A) Certificado suscrito por técnico competente, donde se acredite la adecuación de las instalaciones al proyecto técnico presentado previamente, detallando:
- Solidez estructural de las instalaciones eventuales o portátiles.
- Montaje correcto y revisado.
- Prueba de funcionamiento realizada.
- Mediciones acústicas y valores obtenidos en cumplimiento del Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, tipo de limitación o tarado del equipo musical, ajustándose al mismo.
B) Copia del Certificado de instalación Eléctrica sellado por la Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa.
C) Certificado de la instalación de protección contra incendios, suscrito por empresa autorizada, según artículo 18 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
C) Certificado de la instalación de protección contra incendios, suscrito por empresa autorizada, según artículo 18 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
Todos estos requisitos los tenemos que pagar de nuestro bolsillo si queremos organizar la competición.
EL AYUNTAMIENTO NO QUIERE SABER NADA así que Hemos echo cuenta y entre la autoliquidación + contratar a unos guardias de seguridad, contratar a un perito para que haga un plan de emergencia de evacuación, seguro de responsabilidad civil, permiso de ocupación no escribo mas porque me estoy enfadando.. en total unos 3.500 € o 4.000€ para poder realizar la competición.
Y porque no hacemos una quedada???
ResponderEliminarpues la hacemos ilegal!! y que se jodan!
ResponderEliminarigual de enrollados que en torremolinos... luego dicen que los jóvenes hacen botellón, que están bebiendo todo el día... coño! si es más fácil hacer las cosas mal que hacerlas bien!
ResponderEliminaryo boto quedada con premios y cerbeza aahahaha
ResponderEliminarDirigido para Miguel Angel Perez
ResponderEliminarHombre es una gran putada.
Por otro lado llevamos to la vida luchando pa que se nos tome en serio en España y eso es lo que ha hacho el ayutamiento de Granada. Yo he realizado algunos eventos, y si es mucha normativa pero que una vez cumplida te exime de cualquier responsabilidad ( penal, mira lo que paso en el Madrid Arena ) si algo parecido hubiera pasado en Torremolinos los organizadores estarian en serios problemas y todo por hacer la vista gorda.
No se empece a patinar hace más de 15 años y he visto la progresion de los campeonatos pero si de verdad quieres algo parecido a los de USA o las winter clash en Alemania tendras que ir acostumbrandote a esotos requerimientos.
Esto no es vamos a cerrar el campeonato pero igual que la F1 no corre en todos los paises habra que buscar administraciones que ayudenen diferentes areas como plan emergencia o la seguridad para reducir el presupesto.
Un saludo y animo
Entiendo, se que las normativas que nos exigen es por seguridad y tranquilidad del evento, pero en este caso se exige más de lo que se recauda y nos es imposible. Mucha de las competiciones que he organizado me ha costado el dinero de mi propio bolsillo pero el ayuntamiento ha puesto de su parte colaborando con lo básico, ya sea un permiso de ocupación o el convenio que tiene Cruz Roja. Si nos ponemos a pensar.. ¿que dinero le cuesto eso al ayuntamiento? si el recinto que pedimos es de él y a la cruz roja se le paga igual cubra o no cubra el evento. Esta sería la 3º competición que organizo en Granada favoreciendo la Ciudad de Granada con mas de 300/400 personas que visitan la ciudad ese fin de semana. Lo que no entiendo es el porque se nos ha echado para atrás esta vez ya que las dos anteriores tuvieron un buen resultado. Son cosas del ayuntamiento y su política y hay que aguantarse y respetarla.. Si en Granada no se pueden organizar competiciones intentaremos hacerla en otra ciudad mas comprensiva y que apoye la iniciativa de los jóvenes deportistas.
EliminarMuchas gracias por comentar! un placer en contestar.